MADRID, 23 (Portaltic/EP) El Proyecto de Ley de reforma del Código Penal
aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros prevé fuertes
penas para proteger obras artísticas, literarias o científicas. No solo
se perseguirá a quienes distribuyan obras pirateadas o a los
responsables de páginas de enlaces, sino también a aquellos que
modifiquen dispositivos como actividad comercial con este objetivo.
El pasado viernes, el Consejo de Ministros aprobó una reforma del código penal que está causando gran polémica,
ya que prevé duras penas contra aquellos que faciliten la distribución
de piratería con fines comerciales. De esta forma, contempla hasta seis
años de cárcel para los responsables de webs de enlaces a contenidos
protegidos.
Además, incluye la persecución de aquellos que
modifiquen con fines comerciales o que comercien con dispositivos u
otros medios, como 'software' para modificar 'hardware' con fines
comerciales y el fin expreso de sortear protección de derechos. De esta
forma, se castigará con penas de seis meses a tres años de prisión a
aquellos que modifiquen o faciliten la modificación de dispositivos como
consolas, ordenadores, móviles o tabletas con fines comerciales y con
el objetivo de reproducir contenidos protegidos, ya sean programas
informáticos, libros electrónicos o películas, por ejemplo.
Concretamente, el Proyecto de Ley de reforma del Código Penal dice:
"Será castigado también con una pena de prisión de seis meses a tres
años quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier
medio principalmente concebido, producido, adaptado o realizado para
facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier
dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de
ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o
ejecuciones".
Anteriormente, ya existían sentencias que apuntaban
en este sentido, cuando había quedado demostrado que la modificación de
un dispositivo tenía como fin la vulneración de derechos de autor y
existía una finalidad comercial.
El pasado julio de 2013, la
Audiencia Provincial de Cádiz ratificó la sentencia dictada el 20 de
octubre de 2011 por el Juzgado de lo Penal Nº 1 de Jerez de la Frontera,
a instancias de una denuncia presentada por la Asociación Española de
Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento (aDeSe) a través de la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectua (FAP),
por el que condenó al responsable de una tienda por la puesta en
circulación de medios de sistemas para modificar videoconsolas.
Fuente: LaVanguardia
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